El poder de elegir
Le elección de medicamentos es una parte fundamental del Derecho a la salud. Comprende el derecho a estar informado sobre las opciones y poder elegir voluntariamente entre todas las disponibles.
Recientemente acudí al médico para realizar una consulta. Como de costumbre, éste me receto un medicamento. Ya en la farmacia, al leer la receta, noté que se trataba del nombre comercial del medicamento. Además, como sabrán, indicaba un laboratorio específico.
Esto me recordó que nuestro país tiene una ley conocida como “Ley de Genéricos”, que tuvo su momento de popularidad al principio. Por supuesto, mi receta no cumplía con ninguna de las indicaciones de la ley.
Les dejo un breve resumen. Para los que no les gustan las leyes, les prometo, es breve. Breve pero necesario.
La ley 25.649 de Prescripción por nombre genérico del medicamento o denominación común internacional, fue dictada en el año 2002. El objetivo de la ley fue otorgar a los consumidores de medicamentos el derecho a elegirlos libremente.
Fue pensada como un instrumento para impulsar la competencia entre los laboratorios. Otro de sus objetivos fue crear una herramienta para controlar el precio de los medicamentos.
La primera obligación que surge de la ley se dirige a los médicos. Estos al confeccionar la receta deben indicar en primer lugar el nombre genérico o Denominación Común Internacional del principio activo o combinación de ellos. Seguido, deben colocar la forma farmacéutica, cantidad de unidades por envase y concentración. Luego están facultados a sugerir una marca o nombre comercial del medicamento.
La segunda obligación va dirigida al farmacéutico. Éste, debe asesorar y facilitar al adquirente la información que le requiera sobre todas las especialidades medicinales que contengan el mismo principio activo o combinación de ellos y sus distintos precios.
El farmacéutico, debidamente autorizado por la autoridad competente, es el único responsable y capacitado para la debida dispensa de especialidades farmacéuticas.
Lo más importante de esta ley es el poder que otorga a los consumidores, el poder de elegir.
¿ejercemos el derecho que nos reconoció esta ley?
Han pasado unos cuantos años de vigencia de esta ley. Luego de consultar con varios profesionales farmacéuticos, llegué a la conclusión de lo poco o nada que se la considera. Es notable que, a pesar de los años, lo que no se arraigó, es el poder que tiene toda persona de elegir el medicamento libremente.
En primer lugar, no es común que el consumidor exija al médico que indique en la receta el medicamento genérico y, en segundo lugar, que solicite alternativas de marcas y precios en la farmacia. Yo no lo hice.
Depende de nosotros empezar a ejercer nuestros derechos. Derecho a exigir que la receta sea confeccionada conforme a la ley y, al momento de comprar el medicamento, el derecho a elegir la opción que consideremos más conveniente.
En casos de personas con enfermedades crónicas puede implicar una disminución de gastos. Ya que, como mes a mes deben comprar medicamentos, la posibilidad de elegir uno de menor precio representaría una diferencia.
Por último, y para mi sorpresa, resultó que los medicamentos genéricos no son más baratos en general. Estaba convencida de que ello era así. Las publicidades iniciales de los genéricos quedaron en mi mente.
Actualmente, muchos de los medicamentos genéricos resultan de mayor valor que los de las primeras marcas, y en la creencia de que son más baratos, los consumidores no consultan otras alternativas.
Acá es donde tenemos que sumar derecho a estar informados. El derecho a la información es fundamental en temas de salud. Podemos preguntar y solicitar alternativas en la farmacia.
Hagamos valer nuestros derechos.
¿qué son los medicamentos genéricos?
Un medicamento genérico es todo aquel que presenta la misma composición cualitativa y cuantitativa en principios activos y la misma forma farmacéutica que un medicamento de marca, y autorizada por la autoridad competente.
La diferencia entre uno y otro, es que el medicamento genérico toma el nombre de la sustancia medicinal que lo compone. Además, se supone, ya no es así, que es de menor valor que el medicamento de marca.
4 Comments
Excelente nota, muy buena manera de abrir los ojos a los que lo necesitamos
Muy bueno. El usuario de salud debe estar siempre informado y elegir sobre sus gastos según conveniencia. Lo cierto es que en la prescripción médica se debe poner la droga específica y no el nombre comercial. Entonces el paciente puede elegir que comprar en la farmacia; genérico o marca.
Buena la información para personas que tenemos enfermedades crónicas.
No es tan asi, nadie regula la calidad de la medicacion generica, no sirve un generico de mala calidad, no sirve tener q utilizar el doble de un generico para conseguir el mismo resultado q uno con marca, y si al generico de baja calidad le tengo que agregar medicacion para apaliar los efectos secundarios de los genericos que las de marca no dan, entonces dejan de ser tan baratos, y mas alla del comercio, si el medico sabe de todos estos problemas q los genericos traen, posiblemente prefiera q gastes un poquito mas en algo de marca que sea de buena calidad.